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Lunes, 07 Julio 2014 08:14

PLAN PIVE: TODO LO QUE NECESITAS SABER

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El plan PIVE destinara 175 millones de euros a la sustitución de 175.000 turismos y vehículos comerciales ligeros por otros mas eficientes.

Te contamos las condiciones....

 

CONDICIONES

 

Las personas que podrán beneficiarse de las ventajas del Plan PIVE 5 son particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES.
La cuantía de la ayuda pública es de 1.000€ por vehículo a lo que debemos sumarle el descuento que aplica el fabricante o punto de venta del nuevo vehículo y que será como mínimo de otros 1.000€.

En el caso de familiar numerosas que adquieran vehículos de mas de 5 plazas y de personas discapacitadas con movilidad reducida que compren vehículos adaptados, la ayuda del Plan PIVE ascenderá a 3.000 euros (1.500 aportados por el Gobierno y, al menos otros 1.500 por el concesionario).

 

El beneficiario obtendrá la subvención del Plan PIVE directamente mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo, que deberá estar adherido al Plan mediante un procedimiento regulado y publicado en la página web del Idae. Aquellos concesionarios ya adheridos a la cuarta convocatoria (listado).

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VEHICULOS DEL PLAN PIVE

 

Los vehículos y coches del Plan PIVE serán nuevos y deberán cumplir los siguientes requisitos (listado de vehículos):

1.-1.- Vehículos de turismo (categoría M1):

− Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos" según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.

− Eléctricos puros.

− Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):

− Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

− Eléctricos puros.

3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.

4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.

5.- Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de diez años (M1) / siete años (N1) desde su primera matriculación.

6.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los 25.000 euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida. Exclusivamente para el caso de familias numerosas y vehículos con más de cinco plazas, y para las personas discapacitadas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados, se eleva el límite de precio de estos vehículos hasta los 30.000 euros, antes de IVA.

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